| 'Telecos'
y eléctricas podrán cobrar sus facturas sin pasar por el banco
Las
empresas de servicios de telefonía, energía o electricidad podrán pasar sus facturas
a cobro en la UE sin recurrir a una entidad de crédito. El Tesoro ultima un real
decreto que permite a estas firmas constituir sus propias entidades de pago (EP).
Esta nueva forma jurídica introduce más competencia en un ecosistema dominado
por bancos y cajas. Eduardo G. Ercoreca - Madrid La competencia
en el sector financiero se intensifica. La Dirección General del Tesoro ha elaborado
un borrador de real decreto que permite a cualquier empresa constituir una entidad
de pago (EP) para tramitar las facturas que genera con su actividad principal
en toda la UE. Es decir, las compañías podrán gestionar por cuenta propia sus
cobros y pagos a clientes y proveedores sin recurrir a un banco o caja. "Los
grupos que podrían estar más interesados en aprovechar la nueva forma jurídica
son aquellos que, por su naturaleza, generan una gran cantidad de recibos periódicos.
Es el caso de las firmas de telefonía, electricidad, energía y demás empresas
de suministros", explica Miguel Linares, abogado de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.
El escrito de Economía, al que ha tenido acceso CincoDías, complementa
la Ley 16/2009 de Servicios de Pago. Esta norma -que traspone a su vez una directiva
europea- fue aprobada el pasado noviembre y define el campo de acción de las EP.
Estas firmas podrán a abrir cuentas de pago, atender domiciliaciones, ejecutar
transferencias nacionales y giros al extranjero, cambiar divisas, conceder créditos
al consumo con ciertas limitaciones y distribuir tarjetas. El borrador
de real decreto reconoce específicamente la constitución de entidades de pago
híbridas (EPH) como "aquellas que desarrollen alguna actividad económica distinta
a la prestación de servicios financieros". No se demanda, pues, un objeto social
exclusivo a las EP. Las compañías que deseen constituir una EPH deberán remitir
junto a su solicitud una memoria donde se expliquen las sinergias comerciales
y operativas entre su actividad principal y la de pago. En este último campo estarán,
como cualquier otro actor financiero, bajo el escrutinio del Banco de España.
Por eso su contabilidad "deberá disponer de un detalle suficiente (...) para permitir
una comparación adecuada con la proporcionada por las restantes EP". Y si alguna
vez hay choques entre las actividades financieras y no financieras del grupo,
el supervisor podrá, asimismo, exigir que se constituya una EP separada de la
matriz para la actividad de servicios de pago. De momento, ninguna gran
empresa tiene una EP. "Meterse en esto supone una fuerte inversión en aplicaciones
informáticas, tecnología y personal", recuerda Linares. Telefónica constituyó
el pasado enero una remesadora para potenciar la fidelización de los inmigrantes.
La Ley de Servicios de Pago obliga a las remesadoras a transformarse en EP antes
de abril de 2011. Audiencia pública y aprobación El proyecto
del real decreto está abierto a audiencia pública hasta el próximo 17 de febrero.
Economía aprobará su versión definitiva, previsiblemente, en primavera.
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