| Cataluña
exigirá el catalán a los nuevos profesores universitarios
Visitantes
y eméritos quedan eximidos y los campus podrán hacer excepciones SEBASTIÁN
TOBARRA - Barcelona
Tener el nivel C de catalán será obligatorio para los
nuevos profesores en el momento de acceder a un puesto estable en las universidades
catalanas o, en algunos casos, cuando su contrato temporal supere el plazo de
dos años. Esta exigencia consta en un proyecto de decreto que prepara la Generalitat
de Cataluña. El borrador se está debatiendo con las universidades. A éstas se
les dejarán algunos márgenes de maniobra para que puedan decidir algunas excepciones.
La Generalitat quiere tener aprobada la norma en dos o tres meses.
Quedarán
exentos del requisito de acreditar el nivel C de catalán -un nivel medio-alto-
los actuales profesores que obtuvieron su plaza a través de "concursos de selección
y acceso de profesorado funcionario y contratado que ya estén convocados a la
entrada en vigor de este decreto", dice el proyecto. Es decir, los profesores
fijos que ya tienen plaza quedarían eximidos. También quedarían exentos "los profesores
eméritos, los visitantes y los que desarrollen una actividad académica honoraria".
No es la primera vez que el Departamento de Universidades de la Generalitat,
dirigido por Josep Huguet, de Esquerra Republicana, hace una propuesta con la
exigencia del catalán para los profesores universitarios. Pero es la primera vez
que lo hace con un borrador de decreto. En junio de 2008 ya hubo un acuerdo sobre
la exigencia del nivel C de catalán en el órgano que reúne a los rectores y a
la Generalitat, el Consejo Interuniversitario de Cataluña (CIC). Pero el asunto
no pasó de ahí. La Generalitat dice que la base legal del decreto que
prepara se apoya en el Estatuto catalán y en la Ley de Universidades de Cataluña,
referida esta última a "la obligación de los profesores universitarios de conocer
suficientemente las dos lenguas oficiales". Y también en la Ley de Política Lingüística,
que dice que el estudiante "tiene derecho a expresarse en la lengua oficial que
prefiera". Éstos son los distintos tipos de profesores que se verían
afectados por la exigencia de acreditar el nivel C de catalán: - Los
profesores de los cuerpos docentes de las universidades públicas deberán acreditar
el nivel de catalán "en los concursos de acceso convocados". - Los catedráticos
y profesores contratados y agregados de las universidades públicas. También para
ellos será requisito el nivel C de catalán "en los concursos convocados por las
universidades". - Lectores y ayudantes. Han de demostrar el nivel de
catalán en los concursos de selección, siempre que su contrato tenga una duración
superior a dos años. Pasado este plazo, la prórroga "requiere acreditar el conocimiento
del catalán a través de los medios de acreditación previstos en este decreto".
- Profesores asociados en universidades públicas. Deberán acreditar el
nivel C de catalán "cuando el tiempo total de duración de su contrato inicial
sumado a las respectivas renovaciones sea superior a dos años". - En
las universidades privadas, el conocimiento del catalán "se ha de prever en los
procesos de selección o contratación". Se deja a las universidades que
puedan hacer algunas excepciones. El borrador dice que las universidades "pueden
eximir al profesorado de la acreditación del requisito del conocimiento del catalán
en función de la temporalidad o las características específicas de sus tareas
vinculadas a la investigación o a la docencia en terceras lenguas [extranjeras],
siempre que se acredite el conocimiento suficiente de estas lenguas". Otro
margen de maniobra que tendrán las universidades consiste en que, "en los casos
que lo justifiquen", podrán requerir al profesorado permanente que acrediten el
nivel C con posterioridad a los procesos de acceso y selección para "potenciar
y favorecer la captación de talento". Las universidades tendrán seis meses, desde
que se apruebe el decreto, para hacer una normativa interna que regule estas excepciones.
Varios profesores de fuera de Cataluña creen que debería haber más flexibilidad
para aplicar el decreto en ciernes. "La obligatoriedad puede tener sentido en
la enseñanza obligatoria para socializarse en el medio en que está el alumno,
pero en absoluto en la universidad, donde lo importante es la internacionalización
y el intercambio de docentes e investigadores", dice Antonio Bolívar, de la Universidad
de Granada. Para Rafael Feito, profesor de la Complutense de Madrid, la norma
"debería ser más flexible y pedir siempre el requisito después de obtener la plaza
para no privar de que entren los mejores". Juan Manuel Escudero, profesor de la
Universidad de Murcia: "No dudo de que la norma tenga apoyatura legal, pero sería
razonable que no haya una exigencia previa para que las cosas se hagan con naturalidad".
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