|
La Audiencia vincula tabaco y cáncer pero
exonera al Estado
El alto tribunal da por probada la relación del tabaquismo
con la enfermedad, pero no estima la pretensión de que el
Estado indemnice al paciente, porque el acto de fumar es libre.
Sentencia histórica sobre la relación de tabaco y cáncer.
La Audiencia Nacional ha resuelto por primera vez sobre una
demanda por tabaquismo, presentada por un enfermo de cáncer
de laringe, en la que concluye que fumar provoca daños en
la salud y es un "factor cancerígeno", aunque exonera de responsabilidad
a la Administración del Estado informa Efe. Hasta ahora, la
mayoría de las sentencias absolutorias hacia las tabaqueras
que se habían producido en Europa alegaban que la vinculación
entre el tabaquismo y el cáncer no estaba contrastada.
El fallo de la sala sexta de lo contencioso-administrativo
de la Audiencia, desestima la demanda de Francisco Muñoz Bermúdez,
un valenciano de 75 años que sufre un cáncer de laringe y
que reclamaba una indemnización al Ministerio de Economía
de 300.000 euros por daños y perjuicios al considerar que
el Estado tiene responsabilidad patrimonial. Muñoz empezó
a fumar a los trece años cigarrillos comercializados por Tabacalera
(hoy Altadis), y asegura en su reclamación que nadie le avisó
entonces del peligro que comportaba la adicción al tabaco.
Muñoz denunciaba la responsabilidad patrimonial del Estado
puesto que Tabacalera fue un monopolio estatal hasta 1998.
Jurisprudencia
Para el abogado del demandante, José Ángel Mañoso, "esta sentencia
es muy importante porque por primera vez un alto tribunal
admite que el tabaco provoca cáncer, lo que creará jurisprudencia".
El fallo de la Audiencia Nacional afirma que "punto de partida
insoslayable es que el consumo de tabaco es causa eficiente
de daños a la salud y, particularmente, un factor cancerígeno".
La sentencia agrega que "la evidencia científica sobre los
riesgos que, en efecto, conlleva el consumo de tabaco para
la salud de las personas es del todo punto concluyente". "Por
tanto, que el consumo de tabaco puede ser causa del cáncer
padecido por el recurrente no es en absoluto algo que la sala
cuestione", concluye la ponente de la sentencia, la magistrada
María Asunción Calvo Tambo.
Sin embargo, la Audiencia Nacional ha desestimado el caso
por tres razones: porque el consumo de tabaco por el recurrente
deriva de un "acto libérrimo y de su exclusiva responsabilidad",
porque el Estado "no impone" el consumo de tabaco aunque permita
la venta y su acceso -antes también lo fabricaba- y porque
entiende que el demandante "no aporta prueba alguna que le
permita acreditar su efectiva condición de fumador, menos
desde la temprana edad que se dice, ni tan siquiera de que
en su caso concreto el cáncer de laringe padecido derivase
del consumo de tabaco".
Mañoso valora la sentencia por el "paso adelante que supone
que se reconozca que fumar provoca cáncer", como ya hicieron
las autoridades sanitarias, aunque lamenta que "no se haya
presionado más a la industria para aportar la composición
exacta de los cigarrillos".
El abogado cree que el fallo debe ayudar a endurecer la legislación
española y califica de situación "preconstitucional" que el
tabaco todavía esté regulado por una normativa no actualizada
desde 1977, el Código Alimentario Español.
|