AGENDA DE PRENSA - 6 de octubre de 2008
 
  EXPANSIÓN


La Audiencia vincula tabaco y cáncer pero exonera al Estado

El alto tribunal da por probada la relación del tabaquismo con la enfermedad, pero no estima la pretensión de que el Estado indemnice al paciente, porque el acto de fumar es libre.

Sentencia histórica sobre la relación de tabaco y cáncer. La Audiencia Nacional ha resuelto por primera vez sobre una demanda por tabaquismo, presentada por un enfermo de cáncer de laringe, en la que concluye que fumar provoca daños en la salud y es un "factor cancerígeno", aunque exonera de responsabilidad a la Administración del Estado informa Efe. Hasta ahora, la mayoría de las sentencias absolutorias hacia las tabaqueras que se habían producido en Europa alegaban que la vinculación entre el tabaquismo y el cáncer no estaba contrastada.

El fallo de la sala sexta de lo contencioso-administrativo de la Audiencia, desestima la demanda de Francisco Muñoz Bermúdez, un valenciano de 75 años que sufre un cáncer de laringe y que reclamaba una indemnización al Ministerio de Economía de 300.000 euros por daños y perjuicios al considerar que el Estado tiene responsabilidad patrimonial. Muñoz empezó a fumar a los trece años cigarrillos comercializados por Tabacalera (hoy Altadis), y asegura en su reclamación que nadie le avisó entonces del peligro que comportaba la adicción al tabaco. Muñoz denunciaba la responsabilidad patrimonial del Estado puesto que Tabacalera fue un monopolio estatal hasta 1998.

Jurisprudencia

Para el abogado del demandante, José Ángel Mañoso, "esta sentencia es muy importante porque por primera vez un alto tribunal admite que el tabaco provoca cáncer, lo que creará jurisprudencia". El fallo de la Audiencia Nacional afirma que "punto de partida insoslayable es que el consumo de tabaco es causa eficiente de daños a la salud y, particularmente, un factor cancerígeno". La sentencia agrega que "la evidencia científica sobre los riesgos que, en efecto, conlleva el consumo de tabaco para la salud de las personas es del todo punto concluyente". "Por tanto, que el consumo de tabaco puede ser causa del cáncer padecido por el recurrente no es en absoluto algo que la sala cuestione", concluye la ponente de la sentencia, la magistrada María Asunción Calvo Tambo.

Sin embargo, la Audiencia Nacional ha desestimado el caso por tres razones: porque el consumo de tabaco por el recurrente deriva de un "acto libérrimo y de su exclusiva responsabilidad", porque el Estado "no impone" el consumo de tabaco aunque permita la venta y su acceso -antes también lo fabricaba- y porque entiende que el demandante "no aporta prueba alguna que le permita acreditar su efectiva condición de fumador, menos desde la temprana edad que se dice, ni tan siquiera de que en su caso concreto el cáncer de laringe padecido derivase del consumo de tabaco".

Mañoso valora la sentencia por el "paso adelante que supone que se reconozca que fumar provoca cáncer", como ya hicieron las autoridades sanitarias, aunque lamenta que "no se haya presionado más a la industria para aportar la composición exacta de los cigarrillos".

El abogado cree que el fallo debe ayudar a endurecer la legislación española y califica de situación "preconstitucional" que el tabaco todavía esté regulado por una normativa no actualizada desde 1977, el Código Alimentario Español.